jueves, 27 de mayo de 2021

Políticas públicas para las poblaciones vulnerables y víctimas del conflicto armado

Enfoque diferencial para las poblaciones vulnerables y víctimas

Anónimo. (2019). Entidades encargadas de la reparación a las víctimas del conflicto armado. Ilustración. Corporación Excelencia en la Justicia. Recuperado de: https://cej.org.co/publicaciones/entidades-encargadas-de-la-reparacion-a-las-victimas-del-conflicto-armado/

"El enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria, atención asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley contarán con dicho enfoque.

El Estado ofrecerá garantías y medidas especiales de protección a los grupos expuestos a mayor riesgo de las violaciones contempladas en el artículo 3 de la presente ley, como mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos humanos y víctimas de desplazamiento forzado.
Para el efecto, en la ejecución y adopción del gobierno nacional de políticas de asistencia y reparación en desarrollo de la presente ley, deberán adoptarse criterios diferenciales que respondan a las particularidades y grado de vulnerabilidad de cada uno de estos grupos poblacionales.
Anónimo. (2018). Este es el plan de inclusión para las personas con discapacidad. Ilustración. Urna del Cristal. Recuperado de: https://www.urnadecristal.gov.co/gestion-gobierno/este-es-plan-de-inclusi-n-personas-con-discapacidad

Guzmán, E. (2020). En Colombia han asesinado 37 líderes sociales este año, según el gobierno. Ilustración. EFE. Recuperado de: https://www.efe.com/efe/america/sociedad/en-colombia-han-sido-asesinados-37-lideres-sociales-este-ano-segun-el-gobierno/20000013-4293348

Anónimo. (2017). Engañan a víctimas del conflicto armado en Colombia. Ilustración. Unidad de Víctimas. Recuperado de: https://www.unidadvictimas.gov.co/es/institucional/enga%C3%B1an-v%C3%ADctimas-del-conflicto-armado-en-colombia/33351


Igualmente, el Estado realizará esfuerzos encaminados a que las medidas de atención, asistencia y reparación contenidas en la presente ley contribuyan a la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que pudieron ser la causa de los hechos victimizantes”.

Pronunciamientos e implementaciones de la Corte constitucional

  • Teniendo como fundamento el Convenio 169 de la OIT y la Constitución Política colombiana, los derechos fundamentales de los grupos étnicos son el derecho a la identidad étnica y cultural, al territorio, a la autonomía, a la participación y al desarrollo propio. Estos derechos tienen alcance diferente según el grupo étnico de que se trate, pues la Constitución y su desarrollo normativo han delimitado el marco aplicable para cada población. La Sentencia T-025 de 2004 tutela los derechos de la población en condición de desplazamiento. En esta sentencia, la Corte declara el estado de cosas inconstitucional frente a la población en condición de desplazamiento por considerar que existe una vulneración sistemática de sus derechos. A partir de allí, imparte una serie de órdenes a entidades nacionales y territoriales con el fin de que sean atendidas las necesidades básicas de esta población.
  • Actualmente, los mecanismos de Planeación son los Planes de Acción Territorial (PAT), de acuerdo con la Ley 1448 de 2011.
  • Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (SNARIV), de acuerdo a la Ley 1448 de 2011. 

Política para garantizar la educación a poblaciones vulnerables

Ramírez, A. (2021). Premio a la movilización social digital para que la educación llegue a todos lados. Ilustración. El País. Recuperado de: https://www.google.com/amp/s/m.elpais.com.co/familia/movilizacion-social-digital-para-educar.html%3famp=1

Uno de los desafíos en materia de atención educativa es que el Estado garantice el acceso al servicio público educativo, así como la permanencia en él, tanto de los niños y niñas como de los jóvenes y adultos, sin distinciones de raza, género, ideología, religión o condición socioeconómica.


Frente a ese reto, el Plan Sectorial La Revolución Educativa se propuso desde un comienzo diseñar e implementar procesos y acciones alrededor de sus tres ejes de política: mayores oportunidades para el acceso mediante el aumento de la cobertura, permanencia en condiciones de mejor calidad y puesta en marcha de las herramientas y procedimientos que aseguren la eficiencia.

Los beneficiarios directos de este plan son los colombianos que hacen parte de lo que la Ley General de Educación identificó como las poblaciones vulnerables, personas que, por su naturaleza o por determinadas circunstancias, se encuentran en mayor medida expuestos a la exclusión, la pobreza y los efectos de la inequidad y la violencia de todo orden.

El país, y en particular el sector educativo, entiende la vulnerabilidad como un fenómeno que deteriora el bienestar y la calidad de vida de las personas y que retrasa el desarrollo de los pueblos. Por este motivo, merece enfrentarse con políticas y con estrategias integrales y sostenibles, capaces de transformar en plazos razonables las causas que la generan. Hoy está más que demostrado que el principal instrumento para ese cambio es la educación.

Para lograrlo, se busca institucionalizar la atención educativa de las poblaciones vulnerables, soportada en diagnósticos claros sobre su realidad que luego se traduzcan enplanes de acción con metas y acciones pertinentes y alcanzables, regulados por labores de permanente seguimiento y evaluación.

Lo anterior contribuye a la superación progresiva de reconocidas concepciones y prácticas con las que las mismas instituciones pudieron favorecer más la discriminación y la exclusión.

La razón para que el Ministerio de Educación se haya propuesto la divulgación de los Lineamientos de política para la atención educativa a poblaciones vulnerables es precisamente la de entregar orientaciones y herramientas que permitan consolidar desde las mismas secretarías de educación una gestión basada en la inclusión, la equidad y la calidad del servicio educativo para estas poblaciones.

Referencias

  • Ministerio del Interior (2015). El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado. Recuperado de: http://gapv.mininterior.gov.co/sites/default/files/cartilla_enfoque_diferencial_fin_1.pdf
  • Vélez, C & otros. (2005). Lineamientos de política de poblaciones vulnerables. Ministerio de Educación Nacional M.E.N. - Grupos Poblacionales. Recuperado de: http://www.oei.es/quipu/colombia/politica_vulnerables.pdf

Integrantes

Juan Carlos Torres Zapata
Kenny Paola Hernández Márquez
Dacerlys Durango Soto
Eliana Isabel Martínez Flores

miércoles, 26 de mayo de 2021

Política pública de diversidad cultural

Recuperado de:https://youtu.be/rXUDxIUdOz0


La política pública de diversidad cultural parte de los principios constitucionales que establecen como uno de los fundamentos de la nación su diversidad cultural; así mismo de la obligación del Estado de reconocer, proteger y fomentar la cultura en todas sus manifestaciones y de la garantía constitucional a la libertad de conciencia y de expresión.

Webmaster. (2020). Conmemoramos La semana de la diversidad cultural y lingüística. Ilustración. Dirección desconcertada de cultura de la libertad. Recuperado de: https://ddclalibertad.gob.pe/semana-de-la-diversidad-cultural-y-linguistica-21-27-mayo-2020/

1. Tiene, como uno de sus objetivos, la creación de condiciones para el desarrollo y fomento de una cultura ciudadana de reconocimiento y respeto por las diferencias culturales.

2. Se propone fortalecer y garantizar a la sociedad el conjunto de derechos culturales, colectivos e individuales.

3. Busca hacer de la diversidad cultural y el ejercicio de la cultura los factores fundamentales del bienestar, la creatividad social y el desarrollo humano sostenible.

Anónimo. (2015). Informe de desarrollo humano 2015. "Trabajo al servicio del desarrollo humano". Ilustración. Andalucía solidaria. Recuperado de: http://www.andaluciasolidaria.org/noticias/item/393-informe-de-desarrollo-humano-2015-trabajo-al-servicio-del-desarrollo-humano

4. Es un deber del Estado prevenir y sancionar la discriminación y la exclusión social, y corresponde al Ministerio de Cultura, desde su campo misional, promover y fomentar una pedagogía social de reconocimiento, respeto y valoración de la diversidad cultural, y de prevención de la discriminación y la exclusión social. Esta pedagogía buscará fortalecer el ejercicio de los derechos culturales y, por ende, de la democracia y la ciudadanía para hacer de Colombia un país incluyente, plural y tolerante que se reconozca en la diferencia.

Anónimo. (sin fecha). Raíces de la pedagogía latinoamericana. Ilustración. Organización para el fomento del desarrollo del pensamiento. Recuperado de: https://ofdpinternacional.com/proyecto/raices-de-la-pedagogia-latinoamericana/

Estrategias

La política de diversidad cultural tiene como directrices estratégicas las siguientes:

1. Fortalecer el proceso de apropiación y ejercicio de los derechos culturales de los diferentes grupos poblacionales.

Anónimo. (2017). Los derechos culturales y diversidad. Ilustración. Radio INAH. Recuperado de: http://radioinah.blogspot.com/2017/11/los-derechos-culturales-y-su-diversidad.html?m=1

2. Promover y fortalecer el enfoque diferencial y las acciones afirmativas que contribuyan al reconocimiento y respeto de la identidad e integridad cultural de los grupos étnicos y comunidades locales campesinas y urbanas, a la valoración social de sus expresiones culturales, y a la remoción de obstáculos que impidan a las personas y comunidades el acceso y disfrute de los activos y bienes de la cultura.

3. Promover el enfoque de acción sin daño, mediante el cual se posibilita la toma de decisiones adecuadas, con base en una valoración de los riesgos que pueda generar una acción que involucre grupos étnicos, comunidades locales y poblaciones vulneradas o vulnerables.

4. Prevenir la discriminación y la exclusión social, pues es necesario evitar el uso de estereotipos que vulneren la imagen, valores y cultura de los pueblos, comunidades y población social y culturalmente diferenciada.

Archivo El tiempo. (2016). Afrocolombianos marchan contra la discriminación. El Tiempo. Recuperado de: https://www.google.com/amp/s/www.eltiempo.com/amp/archivo/documento/CMS-16600391

5. Adoptar medidas que contribuyan a la salvaguardia, de manera integral, de la diversidad de expresiones culturales de los grupos étnicos y comunidades locales, especialmente en situaciones en las que las expresiones culturales estén bajo amenaza y puedan correr peligro de extinción o de grave menoscabo.

6. Adoptar directivas y mecanismos adecuados para el Sistema Nacional de Cultura, que contemplen la dimensión cultural para la consulta, consentimiento y concertación con las comunidades a partir del diálogo intercultural.

7. Fortalecer la capacidad social de los pueblos y comunidades para la gestión social de su patrimonio cultural y la apropiación y el manejo con autonomía de las tecnologías modernas de la información y la comunicación.

Palomino, S. (2015). Colombia hace su mayor inversión tecnológica en la escuela pública. El País. Recuperado de: https://www.google.com/amp/s/elpais.com/cultura/2015/03/30/actualidad/1427744905_069605.amp.html


8. Promover y desarrollar espacios y procesos de coordinación interinstitucional fomentando las alianzas y la cooperación; especial interés revisten las relaciones con otros sectores, especialmente el educativo.


Referencias

  • Ministerio de Cultura de Colombia. Política de Diversidad Cultural. Recuperado de: http://www.mincultura.gov.co/ministerio/politicas-culturales/de-diversidad-cultural/Documents/07_politica_diversidad_cultural.pdf

Integrantes

Juan Carlos Torres Zapata
Kenny Paola Hernández Márquez
Dacerlys Durango Soto
Eliana Isabel Martínez Flores

Políticas Públicas LGTBI en Colombia


García Salas. D (2020). Conoce los canales virtuales y teléfonicos que atienden denuncias LGTBI. Bogotá. Recuperado de: https://bogota.gov.co/mi-ciudad/planeacion/en-cuarentena-bogota-disponibles-canales-virtuales-y-telefonicos-lgbt

Política pública en Bogotá

La dirección de la política pública para las personas de los sectores LGBTI en Bogotá, está en cabeza del Alcalde o Alcaldesa de la ciudad. La formulación, seguimiento y evaluación de esta política es de responsabilidad de la Secretaría Distrital de Planeación, a través de la Dirección de la diversidad sexual de la Subsecretaría de Planeación Socioeconómica y su implementación de las entidades y organismos del Sector Central, Descentralizado, y de las Localidades, que conforman la Administración Distrital.

Esta política pública pretende garantizar el ejercicio pleno de derechos a las personas de los sectores LGBTI como parte de la producción, gestión social y bienestar colectivo de la ciudad.

Para el logro de este propósito se tienen los siguientes objetivos que se extenderán para cada una de las acciones que se promuevan y ejecuten en el Distrito Capital:

• Consolidar desarrollos institucionales para el reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las personas de los sectores LGBTI

• Generar capacidades en las organizaciones y personas de los sectores LGBTI para una efectiva representación de sus intereses como colectivo en los espacios de decisión de la ciudad.

• Promover una cultura ciudadana basada en el reconocimiento, garantía y restitución del derecho a una vida libre de violencias y de discriminación por Identidad de género y orientación sexual. 

• Posicionar la perspectiva de géneros y diversidad sexual para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas en el Distrito Capital.

Principios

La formulación, implementación, seguimiento y evaluación de esta política pública están orientados por los siguientes principios: 

  • Titularidad de derechos
  • Efectividad de derechos
  • Autonomía
  • Identidad
  • Equidad
  • Solidaridad
  • Diversidad
  • Participación

También son funciones de la Dirección de Diversidad Sexual:

  • Dirigir, promover y ejecutar los planes, programas, proyectos y mecanismos de acción distrital que contribuyan al reconocimiento de la diversidad sexual y a la garantía de sus derechos desde los enfoques interseccional y diferencial.
  • Apoyar y fortalecer los procesos e iniciativas de los grupos y organizaciones de los sectores sociales LGTBI 
  • Generar procesos de formación, capacitación y difusión sobre los derechos de personas LGTBI dirigidos a funcionarios de la Administración y la sociedad en general.
  • Hacer el monitoreo y evaluación a la política pública para la garantía plena de derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales en el Distrito Capital.
  • Coordinar la realización de estudios que den cuenta sobre las condiciones de sectores sociales LGTBI en el Distrito Capital.
  • Proponer ajustes a la normatividad vigente relacionada con la diversidad sexual y los derechos de personas de los sectores LGBTI en el Distrito Capital.
  • Coordinar la inclusión de los enfoques y perspectivas de género, orientación sexual o la identidad de género en la elaboración, reglamentación, y ejecución de los instrumentos de planeación de la ciudad.

Política Pública en el valle



La Política Pública para la población Lgbti, CaliDiversidad, ya es una realidad, tras 10 años de construcción y después de diferentes jornadas de concertación, hoy fue aprobada por unanimidad por el Concejo de Cali.

La iniciativa presentada por la Alcaldía de Cali, a través de la Secretaría de Bienestar Social y su subsecretaría de Poblaciones y Etnias, será la ruta de navegación durante la próxima década, que permitirá mejorar las condiciones de vida del sector Lgbti, asentado en la capital vallecaucana.

 “Esta Política Pública es un aporte muy positivo para la ciudad. Creo que Cali se tiene que convertir en el municipio donde respetemos la diversidad del ser humano, de manera que nos sentimos tranquilos con la aprobación de esta iniciativa”, dijo el alcalde Maurice Armitage.

Por su parte la secretaria de Bienestar Social, Carolina Campo Ángel, señaló que la Política Pública Calidiversidad es muy importante para nuestra ciudad, en primer lugar porque recoge los esfuerzos de la población Lgbti para disminuir la discriminación.

 “El alcalde Maurice Armitage recoge estas voces que se trasladan a la política pública para que se conviertan en la garantía, en los próximos 10 años, de los derechos fundamentales de esta población como es  la educación, la vivienda, a una atención diferencial en salud, a participar de procesos de empleabilidad que trabajen el tema de estigmatización y la inclusión”, expresó la secretaria Carolina Campo Ángel.

La Política Pública CaliDiversidad nace con un presupuesto de la estampilla pro-desarrollo que permitirá la destinación de recursos para los planes, programas y proyectos que van a apalancar el desarrollo de estas comunidades en la ciudad. Además cuenta con 7 principios para su implementación como son: progresividad, dignidad y autodeterminación, participación, autonomía y diversidad, inclusión, justicia con equidad y no discriminación, organizacional, solidaridad y corresponsabilidad, y territorialidad

Política Pública en Medellín


Rodríguez Martínez, C. A. (2018). Marcha a favor de los derechos de las personas Lgbti en Medellín. El mundo. Recuperado de: https://www.elmundo.com/noticia/Ser-Lgbti-en-Medellin-y-no-morir-en-el-intento/372546

La Política Pública LGBTI de Medellín surge con el Acuerdo 008 de 2011 que tiene como fin “el reconocimiento de la diversidad sexual e identidades de género, para la protección, restablecimiento, atención y garantía de derechos de las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgeneristas e intersexuales (LGBTI) del Municipio de Medellín”, y además tiene el propósito de fortalecer los procesos organizativos en el ámbito local. 

Dentro de sus principios están la equidad, la corresponsabilidad, la integralidad, la autonomía; la coordinación, la diversidad y la participación. De igual manera la Política Pública planteó objetivos claves, como propiciar acciones públicas y privadas que garanticen, reconozcan y restablezcan los Derechos Humanos del sector social LGBTI de la ciudad y fortalecer los procesos organizativos de la población, para garantizar su participación activa en escenarios de toma de decisión, entre otros. 

Esta Política Pública beneficia a toda la población LGBTI, pues les da herramientas para ser reconocidos y busca mitigar su discriminación o vulneración de derechos, al tiempo que les visibiliza como actores importantes de la sociedad para incidir en las decisiones de ciudad que afectan a toda la población en general.  

A partir del acuerdo 008 de 2011 se creó el Centro para la Diversidad Sexual y de Género; el cual promociona, protege, restablece y defiende los derechos de las personas LGBTI y sus familias; que pretende la visibilización y la inclusión de la población LGBTI en procesos con apuestas para la transformación social de imaginarios, la erradicación de la violencia y el mejoramiento de la calidad de vida de este sector poblacional. 

Finalmente, la Política Pública está integrada por componentes, que a su vez están conformados por líneas estratégicas, estos son: Componente de vida digna; integrada por salud, educación, trabajo digno, goce del espacio público, integridad y seguridad personal. El siguiente componente es el de organización y participación que tiene como líneas estratégicas el fortalecimiento de organizaciones y el fomento de liderazgos. Por último, se encuentra el componente de comunicación e información, integrado por sistemas de información, gestión del conocimiento y sistematización de experiencias y comunicación pública. 


Referencias

Secretaría Distrital de Planeación. (2015). Política Pública: Garantía de Derechos LGBTI. Bogotá: Secretaría Distrital de Planeación. Recuperado de:
http://www.sdp.gov.co/PortalSDP/SeguimientoPoliticas/politicasLGBTI/QueEs

Reyes Pulgarin, J. F. (2019). La comunidad LGTBI de Cali ya tiene política pública. Alcaldía de Santiago de Cali. Recuperado de:
https://www.cali.gov.co/bienestar/publicaciones/148261/la-comunidad-lgbti-de-cali-ya-tiene-politica-publica/

Solis, G. (2020). Política Pública LGTBI. Alcaldía de Medellín. Recuperado de:
https://www.medellin.gov.co/irj/portal/medellin?NavigationTarget=contenido/8748-POLITICA-PUBLICA-LGBTI#:~:text=La%20Pol%C3%ADtica%20P%C3%BAblica%20LGBTI%20de,transgeneristas%20e%20intersexuales%20(LGBTI)%20del


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Juan Carlos Torres Zapata
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Dacerlys Durango Soto
Eliana Isabel Martínez Flores